Última actualización: 28/07/2026
Información institucional, organizativa y de planificación
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos.
La Ley establece las obligaciones de publicación que afectan a las entidades públicas para garantizar la transparencia en su actividad y regula el derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública. En cumplimiento con la citada Ley, la Autoridad Portuaria de Castellón pone a disposición de la ciudadanía información relevante para garantizar la transparencia de su actividad.
Órganos de Gobierno y sus funciones
Consejo de Administración y Altos Cargos
El Consejo de Administración en el que están representados el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Generalitat Valenciana, el Ayuntamiento de Castellón, Cámara de Comercio, Industria y Navegación, organizaciones empresariales y sindicales y sectores económicos relevantes en el ámbito portuario.
La dieta por asistencia al Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Castellón, que percibe cada uno de los miembros del citado Consejo, asciende a 596,80€ por sesión, cantidad a la que le corresponderá detraer el porcentaje del 35% en concepto de retención de IRPF, no superándose en ningún caso los límites establecidos en el RD 462/2022 de 24 de mayo.
Al objeto de dar cumplimiento a la obligación de publicidad activa de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno sobre “Indemnizaciones percibidas por Altos Cargos con ocasión del abandono del cargo», la APC pone en conocimiento de la ciudadanía que hasta la fecha, 31-01-2026 no existe información al respecto al no haber tenido lugar ninguna indemnización de este tipo.
Consejo de Navegación y Puerto
El Consejo de Navegación y Puerto del puerto de Castellón es un órgano colegiado de asistencia e información de la Capitanía Marítima y del Director de la Autoridad Portuaria de Castellón creados según lo dispuesto en el artículo 34 del TRLPEMM (anterior artículo 44 de la Ley 27/1992 de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante).
La asistencia a las reuniones de este órgano no conlleva retribución alguna.
Organizativa y planificación
El liderazgo e impulso del mismo corresponderá al Comité de Ética y de Transparencia de la APC (o a la persona que ostente la presidencia del mismo), que asumirá la responsabilidad de las actuaciones concretas de coordinación, impulso y seguimiento de la misma. (pág13 Plan de Transparencia APC).
