La documentación generada por la Autoridad Portuaria de Castellón, en tanto que organismo adscrito al sector público estatal, forma parte del patrimonio documental de la Administración General del Estado. Es por ello que su valoración y, en su caso, eliminación, están regladas por la normativa en esta materia vigente para el ámbito de la Administración General del Estado. No disponemos de reglas y procedimientos propios, si no estamos supeditados a los establecidos para toda la Administración General del Estado.
Y le metemos todos los BOES que te adjunto (chatGPT): Y SI QUIERES EL SIGUIENTE TEXTO:
La normativa estatal vigente que regula de forma específica el proceso de eliminación y expurgo de documentos en el ámbito de la Administración General del Estado (AGE) se asienta sobre tres pilares fundamentales: [1]
- Norma específica de control y eliminación
Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre: Es la norma básica y sectorial por excelencia. Regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico y dicta el procedimiento estricto para controlar la eliminación de documentos administrativos.
- Marco general de Archivos y Patrimonio Histórico
: Establece el Sistema Español de Archivos y regula el Sistema de Archivos de la AGE. Define las fases por las que pasa un documento (desde el archivo de oficina hasta el histórico o su eliminación selectiva). [1]
- Procedimiento Administrativo y Administración Electrónica
- Ley 39/2015, de 1 de octubre (LPACAP): Obliga a mantener un archivo electrónico único de los expedientes.
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo:
En su artículo 53, estipula detalladamente las pautas para la destrucción de documentos en soporte no electrónico (papel) cuando ya se han digitalizado y transformado en copias electrónicas auténticas, remitiendo siempre al cumplimiento paralelo del citado Real Decreto 1164/2002